Términos y Condiciones

ARTÍCULO 1: DEFINICIONES
  1. Prosco-x, establecida en Groot-Ammers, Cámara de Comercio número 73176036, se refiere en estos términos y condiciones como vendedor.
  2. La otra parte del vendedor se refiere en estos términos y condiciones como el comprador.
  3. Las partes son vendedor y comprador juntas.
  4. El acuerdo significa; el acuerdo de compra entre las partes.
ARTÍCULO 2: APLICABILIDAD DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES
  1. Estos términos y condiciones se aplican a todas las cotizaciones, ofertas, acuerdos y entregas de servicios o bienes por o en nombre del vendedor.
  2. La desviación de estos términos y condiciones solo es posible si las partes lo han acordado explícitamente y por escrito..
ARTÍCULO 3: PAGO
  1. El precio total de compra siempre se paga inmediatamente en la tienda.
    Si el comprador no paga a tiempo, está en incumplimiento.
  2. Si el comprador permanece en incumplimiento, el vendedor tiene derecho a suspender las obligaciones hasta que el comprador haya cumplido su obligación de pago.
ARTÍCULO 4: OFERTAS, COTIZACIONES Y PRECIOS
  1. Las ofertas son sin compromiso, a menos que se mencione un término de aceptación en la oferta. Si la oferta no se acepta dentro de ese período, la oferta caducará.
  2. Los plazos de entrega en las cotizaciones son indicativos y no otorgan al comprador el derecho de disolución o compensación si se excede, a menos que las partes hayan acordado explícitamente lo contrario por escrito.
  3. Las ofertas y cotizaciones no se aplican automáticamente a los pedidos repetidos. Las partes deben acordarlo expresamente por escrito.
  4. El precio indicado en las ofertas, cotizaciones y facturas consiste en el precio de compra, incluido el IVA adeudado y cualquier otro gravamen gubernamental.
ARTÍCULO 5: DERECHO DE RETIRO
  1. El consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin dar ningún motivo dentro de los 14 días posteriores a la recepción del pedido (derecho de desistimiento). El término comienza desde el momento en que el consumidor recibe el pedido (completo).
  2. No hay derecho de desistimiento cuando los productos se han hecho a medida según sus especificaciones.
ARTÍCULO 6: MODIFICACIÓN DEL ACUERDO
  1. Si durante la ejecución del acuerdo se hace evidente que es necesario que el desempeño adecuado de la tarea cambie o complemente el trabajo a realizar, las partes ajustarán el acuerdo en consecuencia a su debido tiempo y en consulta mutua.
  2. Si las partes acuerdan que el acuerdo será enmendado o complementado, el tiempo de finalización de la ejecución puede verse influenciado como resultado. El vendedor informará al comprador lo antes posible.
  3. Si el cambio o complemento del acuerdo tiene consecuencias financieras y / o cualitativas, el vendedor informará al comprador por escrito sobre esto por adelantado.
  4. Si las partes han acordado un precio fijo, el vendedor indicará en qué medida el cambio o suplemento del acuerdo resultará en un exceso de este precio.
  5. Contrariamente a lo dispuesto en el tercer párrafo de este artículo, el vendedor no puede cobrar costos adicionales si el cambio o suplemento es el resultado de circunstancias que se le pueden atribuir.
ARTÍCULO 7: ENTREGA Y TRANSICIÓN DE RIESGOS
  1. Una vez que el comprador ha recibido los bienes comprados, el riesgo pasa del vendedor al comprador.
ARTÍCULO 8: INVESTIGACIÓN, PUBLICIDAD
  1. El comprador está obligado a inspeccionar los bienes entregados en el momento de la entrega, pero en cualquier caso, en el menor tiempo posible. Al hacerlo, el comprador debe investigar si la calidad y la cantidad de los bienes entregados se corresponden con lo que las partes han acordado, al menos que la calidad y la cantidad cumplan con los requisitos que se aplican al tráfico normal (comercial).
  2. Las desviaciones menores y / o habituales y las diferencias en calidad, cantidad, tamaño o acabado no pueden invocarse contra el vendedor.
  3. Las quejas relacionadas con un determinado producto no afectan a otros productos o partes que pertenecen al mismo acuerdo.
ARTÍCULO 9: ENTREGA
  1. El Vendedor tiene derecho a entregar los productos en partes, a menos que las partes hayan acordado lo contrario por escrito o si la entrega no tiene un valor independiente. El vendedor tiene derecho, a partir de la entrega en partes, de facturar estas partes por separado.
ARTÍCULO 10: FUERZA MAYOR
  1. Si el vendedor no puede cumplir oportunamente o no cumple adecuadamente con sus obligaciones en virtud del acuerdo debido a fuerza mayor, entonces no es responsable por los daños sufridos por el comprador.
  2. Fuerza mayor en cualquier caso significa cualquier circunstancia con la cual el vendedor no pudo tener en cuenta al momento de celebrar el acuerdo y como resultado de la cual el comprador no puede exigir razonablemente la ejecución normal del acuerdo, como por ejemplo , enfermedad, guerra o peligro de guerra, guerra civil y revuelta, abuso sexual, sabotaje, terrorismo, falla de energía, inundación, terremoto, incendio, ocupación, huelgas, exclusión de la fuerza laboral, medidas gubernamentales alteradas, problemas de transporte y otras fallas en el negocio del vendedor.
  3. Además, las partes bajo fuerza mayor entienden la circunstancia de que los subcontratistas de los cuales depende el vendedor para la implementación del acuerdo, no cumplen con las obligaciones contractuales hacia el vendedor, a menos que esto se pueda culpar al vendedor.
  4. Si surge una situación como la mencionada anteriormente como resultado de la cual el vendedor no puede cumplir con sus obligaciones hacia el comprador, estas obligaciones se suspenderán mientras el vendedor no pueda cumplir con sus obligaciones. Si la situación mencionada en la oración anterior ha durado 30 días de calendario, las partes tienen derecho a disolver el acuerdo por escrito en su totalidad o en parte.
  5. En caso de que la fuerza mayor dure más de tres meses, el comprador tiene derecho a disolver el acuerdo con efecto inmediato. La disolución solo puede hacerse por correo certificado.
ARTÍCULO 11: TRANSFERENCIA DE DERECHOS
  1. Los derechos de una parte de este acuerdo no pueden transferirse sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte. Esta disposición se aplica como una cláusula con efecto de ley de propiedad como se menciona en la Sección 3:83 (2) del Código Civil Holandés.
ARTÍCULO 12: RESPONSABILIDAD
  1. Cualquier responsabilidad por daños que surjan o estén relacionados con la ejecución de un acuerdo siempre se limita al importe que pagan los seguros de responsabilidad cerrada en el caso pertinente. Este importe se incrementa por el importe del deducible de acuerdo con la política pertinente.
  2. No se excluye la responsabilidad del vendedor por daños resultantes de intenciones o imprudencia deliberada por parte del vendedor o sus subordinados gerenciales.
ARTÍCULO 13: QUEJAS
  1. El comprador está obligado a informar de inmediato las quejas sobre el trabajo realizado al vendedor. La queja contendrá una descripción lo más detallada posible de la deficiencia, para que el vendedor pueda responder adecuadamente.
  2. Si una queja es fundada, el vendedor está obligado a reparar la mercancía.
ARTÍCULO 14: GARANTÍAS
  1. Si se incluyen garantías en el acuerdo, se aplica lo siguiente. El vendedor garantiza que los productos vendidos cumplen con el acuerdo, que funcionará sin defectos y que es adecuado para el uso que el comprador pretende hacer. Esta garantía se aplica por un período de un año de calendario después de la recepción de lo vendido por el comprador.
  2. La garantía en cuestión está destinada a establecer una distribución de riesgos entre el vendedor y el comprador de tal manera que las consecuencias del incumplimiento de una garantía siempre sean totalmente a riesgo y gasto del vendedor y que el vendedor nunca pueda incumplir una garantía a este respecto, apela a la Sección 6:75 BW. Las disposiciones de la oración anterior también se aplican si la infracción era conocida por el comprador o podría haberse sabido al realizar una investigación.
  3. Dicha garantía no se aplica si el defecto surgió como resultado de un uso ilícito o incorrecto o si, sin permiso, el comprador o terceros han realizado cambios o han intentado realizar cambios o han utilizado los productos comprados para fines para los que no están destinados.
  4. Si la garantía provista por el vendedor se relaciona con un caso producido por un tercero, la garantía se limita a la garantía provista por ese productor.
ARTÍCULO 15: LEY APLICABLE
  1. La ley holandesa se aplica exclusivamente a este acuerdo entre vendedor y comprador. El juez holandés es competente.
  2. Se excluye la aplicabilidad de la Convención de Viena sobre ventas.
  3. Si una o más disposiciones de estos términos y condiciones generales se consideran irrazonablemente onerosas en los procedimientos judiciales, las disposiciones restantes seguirán vigentes.
ARTÍCULO 16: SELECCIÓN DEL FORO.
  1. Todas las disputas derivadas de este acuerdo se presentan exclusivamente ante el tribunal competente del Tribunal de Distrito de los Países Bajos Centrales.
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